LA COMUNIDAD DE MADRID APRUEBA NUEVAS MEDIDAS PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD TRAS EL ESTADO DE ALARMA

Con el Estado de Alarma finalizado, las Comunidades Autónomas son las encargadas de garantizar la seguridad. Este domingo entró en vigor la Orden de la Consejería de Sanidad con las medidas en materia de salud pública y de seguridad ciudadana. Esta orden consta de dos fases, una primera fase, del 21 de junio al 5 de julio, ambos inclusive; y una segunda parte, a partir del 6 de julio, aunque se contemplan algunas restricciones.

¿Qué se puede hacer en estas fases?

TRANSPORTE

Uso obligatorio de mascarilla

En los servicios de transporte público de viajeros por carretera dependientes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid se permite la ocupación del 100% de las plazas disponibles, salvo la fila posterior al conductor en aquellos vehículos que no tengan mampara. En las zonas habilitadas para viajar de pie, la referencia de ocupación se amplía de 2 a 3 personas por metro cuadrado. En todo caso, se sigue recordando que debe procurarse que las personas mantengan entre sí la máxima distancia posible.

En los vehículos privados de personas de hasta 9 plazas se permite que se ocupen la totalidad de los asientos, en lugar de sólo dos plazas por fila de asientos, indiferentemente de que residan o no en el mismo domicilio. 

RESTAURACIÓN Y OCIO

En locales de hostelería y restauración, entre el 21 de junio y el 5 de julio se permitirá la ocupación del 60% del aforo del interior (mesas y barra) y del 80% de la terraza. A partir del 6 de julio se podrá utilizar la totalidad de la terraza y el 75% del aforo interior.

El consumo dentro del local podrá realizarse en barra o sentado en mesa o agrupaciones de mesas, debiendo asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes situados en la barra o entre las mesas. La ocupación máxima será de 25 personas por mesa o agrupación de mesas.

Peor suerte corren las discotecas y bares de ocio nocturno, estos permanecerán cerrados hasta el 5 de julio. 

En cuanto a hoteles y alojamientos turísticos, hasta el 5 de julio la ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 60% de su aforo, que podrá ser de hasta el 75% a partir del 6 de julio. Los albergues tendrán una ocupación del 50% hasta nueva indicación.

PISCINAS 

Las piscinas recreativas -tanto privadas como municipalesmantendrán, hasta nueva orden, un aforo máximo del 50% (los ayuntamientos podrán regular la ocupación de las municipales), mientras que las piscinas deportivas –privadas y municipales- contarán con un aforo del 75%. A partir del 6 de julio no tendrán límite de aforo, manteniendo en las zonas de estancia la distancia de 1,5 metros entre sus usuarios.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS

Hasta el 5 de julio, la actividad física y deportiva no federada y al aire libre se podrá realizar de forma individual o colectiva hasta un máximo de 25 personas a la vez. En instalaciones y centros deportivos, también al aire libre, esos grupos de 25 personas no pueden superar el 75% del aforo máximo permitido. Después no habrá límite de aforo siempre que se respete la distancia de seguridad.

hasta el 5 de julio incluido, se podrá realizar en gimnasios actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 60% del aforo máximo permitido. Desde el 6 de julio y hasta que la situación epidemiológica lo aconseje, dicho porcentaje se ampliará al 75% por ciento y a 25 personas.

ACTIVIDADES CULTURALES

Las bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos tendrán un aforo máximo del 60% hasta el 5 de julio. A partir del 6 de julio será del 75%. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 25 personas, incluido el monitor o guía.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas y sin superar el 60% del aforo permitido en cada sala hasta el 5 de julio; desde el 6 de julio, el límite será del 75%. 

Podrán realizarse rodajes en estudios y espacios privados tras la evaluación de riesgos laborales y la adopción de las medidas preventivas (en espacios públicos se requiere autorización municipal). Los recintos cerrados deberán limpiarse y desinfectarse previamente a la realización del rodaje y los equipos profesionales se reducirán a lo imprescindible.

 


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